3.5 Formatos o modelos de contratos tipo

Teniendo en cuenta las actividades que desarrolla la Secretaría Distrital de la Mujer, así como los procesos de contratación que adelanta para la realización de las mismas, y conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.6.1.2. del Decreto 342 de 2019, el cual establece: "Alcance: Los Documentos Tipo contienen parámetros obligatorios para las entidades estatales sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública que adelanten procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte", y lo expuesto en el Artículo 4 de la Ley 1882 de 2018, en el cual se regulan los Pliegos de condiciones de los procesos de selección de obras públicas, interventoría para las obras públicas, interventoría para consultoría de estudios y diseños para obras públicas y consultoría en ingeniería para obras, y dado que la SDMUJER no realiza procesos de selección de estas características, no existe la obligatoriedad de aplicar documentos tipo.

No obstante, lo anterior, en el caso de ser necesario por la entidad realizar alguno de esos procesos, se haría uso de los mismos conforme a la normatividad vigente.