Defensora de la ciudadanía

El Decreto 847 de 2019 “Por medio del cual se establecen y unifican lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, y se dictan otras disposiciones”, en los artículos 13 y subsiguientes establece que “En todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal”.

La Secretaría Distrital de la Mujer designó a la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica como Defensora de la Ciudadanía mediante la resolución interna N° 266 de 2023, quien deberá incorporar y verificar el cumplimiento de la Política Distrital de Servicio al Ciudadano, verificando la atención y prestación de los servicios a la ciudadanía.


Icono de cohete

¿Cuál es su propósito?

Crear confianza en la ciudadanía, a través del mejoramiento de la calidad de los servicios y el fortalecimiento de las buenas relaciones.

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¿Cuáles son las funciones de la Defensora de la Ciudadanía?

Según lo determinado en el artículo 14 del Decreto 847 de 2019, la figura de defensor-a de la ciudadanía tienen entre otras las funciones de:

“1-Velar porque la entidad cumpla con las disposiciones normativas referentes al servicio a la ciudadanía.

2. Formular recomendaciones al Representante Legal de la entidad para facilitar la interacción entre la entidad y la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer la confianza en la administración.

3. Analizar el consolidado de las peticiones que presente la ciudadanía sobre la prestación de trámites y servicios, con base en el informe que sobre el particular elabore la Oficina de Servicio a la Ciudadanía o quien haga sus veces, e identificar las problemáticas que deban ser resueltas por la entidad.

4. Diseñar e implementar estrategias de promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los canales de interacción con la administración distrital disponibles, dirigidos a servidores públicos y ciudadanía en general.

5. Promover la utilización de diferentes canales de servicio a la ciudadanía, su integración y la utilización de Tecnologías de Información y Comunicaciones para mejorar la experiencia de los ciudadanos.

6. Elaborar y presentar los informes relacionados con las funciones del Defensor de la Ciudadanía que requiera la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y la Veeduría Distrital (…)”


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¿Quién es la Defensora de la Ciudadanía?

Jefa de la Oficina Asesora Jurídica

Silvia Juliana Arciniegas Morales

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¿Cuándo acudir?

De no ser resuelto de manera oportuna un servicio por parte de la Secretaría Distrital de la Mujer o en caso que la ciudadana o el ciudadano se sienta insatisfecha (o) con la respuesta que le ha sido entregada puede acudir a la Defensora de la Ciudadanía.


Información de contacto

Correo electrónico: defensoraciudadana@sdmujer.gov.co